Protocolo STPS-REPSE: Impacto y Estrategia de Subcontratación 2026
La STPS Estrena su Nueva Herramienta para Cazar Subcontratación Ilegal. Si su empresa utiliza servicios especializados (REPSE) o los presta, esta información es crítica. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), a través de la Unidad de Trabajo Digno, ha publicado el nuevo Protocolo de Inspección en Materia de Subcontratación. Este documento es la hoja de ruta oficial que los inspectores federales usarán para ir más allá de la simple revisión de documentos.


Introducción: ¿Por qué la Urgencia y el Nuevo Protocolo?
El pasado 24 de noviembre de 2025, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), a través de la Unidad de Trabajo Digno, publicó el nuevo Protocolo de Inspección en Materia de Subcontratación, un instrumento técnico orientado a reforzar la vigilancia del cumplimiento de la legislación laboral en todo el país. Este protocolo es la hoja de ruta que utilizarán los inspectores federales para revisar de manera sistemática a Contratistas y Beneficiarias de servicios especializados. Su objetivo principal es vigilar el cumplimiento de la normatividad laboral en materia de subcontratación en todos los centros de trabajo. El protocolo integra elementos técnicos clave, como la descripción de las acciones de vigilancia, el intercambio de información entre autoridades (incluyendo SAT, IMSS e Infonavit) y una metodología basada en análisis y cruce de datos que permite identificar posibles incumplimientos con mayor precisión.
Riesgos que la STPS va a Cazar
El Protocolo es claro al definir los esquemas que serán sancionados, buscando combatir los esquemas ilegales y la afectación de los derechos de las personas trabajadoras. Si usted es una Beneficiaria (contrata servicios) o una Contratista (los presta), debe asegurarse de no caer en estas 4 categorías:
Riesgo 1: Subcontratación Prohibida (¡El Mayor Peligro!). Realizar servicios especializados en actividades que formen parte del objeto social o la actividad económica preponderante de la empresa beneficiaria. La Prueba del Inspector: El inspector buscará si la actividad prestada por el contratista se corresponde con la actividad preponderante o el objeto social de la beneficiaria. Si hay un cruce, el riesgo es inminente y se establece una prohibición.
Riesgo 2: Subcontratación Irregular (Falta de REPSE). Prestar servicios u obras especializadas que sí están permitidas (no son parte del objeto social), pero sin contar con el registro vigente en el Padrón Público de Contratistas (REPSE). La Prueba del Inspector: Revisión de la vigencia del Aviso de Registro al Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas.
Riesgo 3: Subcontratación Simulada. Esquema que aparentemente es legal, pero en la práctica, las personas trabajadoras puestas a disposición realizan actividades que forman parte del objeto social o la actividad preponderante de la empresa beneficiaria. La Prueba del Inspector: Las entrevistas e interrogatorios a los trabajadores. El inspector preguntará: ¿De quién recibe las instrucciones para realizar sus labores? y ¿Qué actividad(es) realiza?
Riesgo 4: Violaciones a Condiciones Generales de Trabajo (CGT). El contratista no cumple con las obligaciones básicas: acceso a la seguridad social, aportaciones a la seguridad social y pago de salarios. La Prueba del Inspector: Solicitud de acuses del ICSOE y SISUB , Cédula de determinación de cuotas al IMSS (SUA) , Contratos Individuales de Trabajo , y Recibos de Pago.
¿Cómo Blindarse?
Los inspectores utilizarán la información que sea proporcionada por el IMSS, SAT e INFONAVIT para ampliar el análisis de riesgo. La defensa comienza con la estricta alineación documental y operativa:
Alineación de Objetos Sociales: Asegure que el objeto del contrato de subcontratación sea complementario y nunca igual a su objeto social o actividad preponderante.
Identificación del Trabajador: El personal subcontratado debe estar visiblemente identificado con imagen, nombre, gafete o código de identidad de su Contratista para diferenciarlos del personal de la Beneficiaria.
Capacitación del Personal: Instruya al personal sobre las preguntas clave (Actividad, Quién paga, Quién instruye). Recuerde que se aplicará un criterio muestral para las entrevistas (hasta el 100% para menos de 50 trabajadores).
Conclusiones
El nuevo Protocolo establece los lineamientos claros para las y los inspectores federales del trabajo, con el fin de llevar a cabo las revisiones sobre la prestación de servicios especializados y detectar esquemas de subcontratación prohibidos o simulados. Este enfoque migra de una revisión meramente formal a la verificación de que los servicios sean efectivamente “especializados” y no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria.
El impacto es transversal, pues obliga a las empresas a fortalecer sus controles de cumplimiento conforme a los indicadores detallados en el Protocolo, que incluyen aspectos laborales (salario, capacitación, seguridad social) y operacionales (quién da instrucciones y qué actividades realiza el trabajador subcontratado).
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